SE INCREMENTAN LAS PENAS POR EL DELITO DE ENCUBRIMIENTO, CUANDO SE TRATE DE DELITOS COMO VIOLACIÓN, FEMINICIDIO,  HOMICIDIO CALIFICADO, SECUESTRO Y DESAPARICIÓN FORZADA CONTRA MENORES DE EDAD

Con el objetivo de incrementar las penas por el delito de encubrimiento, cuando se trate de delitos como violación, feminicidio,  homicidio calificado, secuestro y desaparición forzada, o en contra de la libertad sexual contra menores de edad, la Comisión de Justicia, que preside la diputada Cinthia Segovia, aprobó modificar el artículo  280 del Código Penal del Estado.

Con esta reforma, se establece que las penas previstas para sancionar el delito de encubrimiento, se incrementarán hasta en una mitad, cuando se trate de los delitos de: violación; feminicidio; homicidio calificado; homicidio en razón de parentesco; secuestro y desaparición forzada de personas; así como los cometidos contra la libertad sexual; la seguridad sexual; y el normal desarrollo psicosexual en agravio de una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho; o cometido por servidoras o servidores públicos.

Actualmente, la ley establece una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de cien a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Con esto, se busca terminar con conductas de evasión de las penas que la ley establece para quien comete estos ilícitos y sancionar a quienes encubren los delitos, por tratarse de ilícitos que agravian a la sociedad, deben ser sancionados.

Las medidas buscan fortalecer la legislación estatal en contra de la violencia contra las mujeres, y atender el reclamo de procuración de justicia para las víctimas y sus familias.

El dictamen respectivo será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.