EL GOBIERNO DEL ESTADO Y LOS AYUNTAMIENTOS, TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR A CABO LA MEDIDA DE COMPENSACIÓN A LAS VÍCTIMAS CON CARGO A SU PRESUPUESTO, CUANDO SEAN RESPONSABLES DE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
CON ESE FIN, LOS DIPUTADOS RUBÉN GUAJARDO BARRERA Y ALEJANDRO LEAL TOVÍAS, PRESENTARON UNA INICIATIVA QUE PROPONE ADICIONAR UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 64 A LA LEY DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
Los diputados Rubén Guajardo Barrera y Alejandro Leal Tovías, presentaron una iniciativa que propone adicionar un último párrafo al artículo 64 a la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.
Tiene la finalidad de establecer que el Gobierno del Estado y los ayuntamientos, tendrán la obligación de llevar a cabo la medida de compensación a las víctimas con cargo a su presupuesto, cuando sean responsables de violaciones a los derechos humanos.
Lo que busca esta iniciativa es que el ente público será responsable en el cumplimiento de la reparación integral, para lo cual Congreso del Estado establecerá partidas presupuestales anuales que hagan efectiva esta garantía, a través de un fondo administrado por los entes públicos responsables.
La propuesta legislativa considera que los entes públicos deben crear una cultura de respeto a los derechos humanos, haciendo más conciencia de la necesidad de apegar sus actos a la legalidad y la distribución del gasto público, en cuanto a las indemnizaciones de las víctimas se refiere sea más justa.
En la exposición de motivos, se menciona que para que exista una verdadera sensibilización sobre los daños que provoca una actuación gubernamental negligente o poco diligente de los derechos humanos, se propone que la indemnización deba correr con cargo al presupuesto de su dependencia, para evitar imponer injustamente esos rubros al presupuesto estatal, tan necesitado de resolver distintas prioridades, muchas de ellas ajenas a los actos que provocaron la necesidad de indemnización a las víctimas.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Justicia, Hacienda del Estado y Derechos Humanos para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y en su caso, ser votada.