SE PLANTEAN MODIFICACIONES A LOS REQUISITOS PARA SER TITULAR DE LA FGE
SE TURNÓ A COMISIONES UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
A las Comisiones de Puntos Constitucionales y Justicia, se turnó la iniciativa de reforma constitucional para incorporar como requisitos para ser titular de la Fiscalía General del Estado, el no haber sido titular del Poder Ejecutivo; de una Secretaría de Despacho o su equivalente; Magistrado; diputado o diputada local, o titular de presidencia municipal, en el año inmediato anterior al día de su nombramiento.
La iniciativa busca reformar el párrafo tercero del artículo 122 BIS de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de San Luis Potosí.
Actualmente, la norma establece que en el caso de las y los Fiscales, el artículo 122 BIS se limita a decir que “La Fiscalía General del Estado estará a cargo del Fiscal General del Estado, que durará en su encargo siete años, sin posibilidad de reelección, y deberá cumplir los mismos requisitos que esta Constitución exige para ser Magistrado”.
Sin embargo, al revisar el artículo 99 (de los requisitos para ser Magistrada o Magistrado) la fracción V de dicho numeral, dispone un requisito de “no haber sido titular de Secretaría de Despacho o su equivalente; de la Fiscalía General del Estado; diputado o diputada local, o titular de presidencia municipal, en el año inmediato anterior al día de su nombramiento”.
Por ello, resulta necesario que se complemente el actual tercer párrafo del artículo 122 BIS, a fin de que además de citar los “mismos requisitos que esta Constitución exige para ser Magistrado”, se contemplen los caso de “no ser” que contiene el artículo 99.
La iniciativa será analizada al interior de las Comisiones Legislativas, a fin de presentar el dictamen respectivo, y en su caso, ser votado en el pleno.